El debido proceso

Escrito por el Ab. Juan Pablo Arévalo R.





El artículo dos nos habla del respeto al debido proceso:

"Artículo 2.- En materia penal se aplicarán las garantías básicas del debido proceso establecidas en la Constitución de la República, y en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes ratificados por el Estado, y los que a continuación reconoce este Código: 

Adicionalmente se reconoce las siguientes garantías
básicas: 

1. En materia penal, se prohíbe el uso de la analogía y la interpretación extensiva; 

2. Las y los operadores del sistema penal no podrán discriminar a los sujetos procesales por motivo alguno; y, 

3. Toda  ley posterior sobre los efectos y extinción de las acciones y  penas se aplicarán en lo que sean favorables a los infractores.


La constitución de la República en la ley más importante del estado. Casi todas las Constituciones del mundo recogen las disposiciones referentes al respeto del debido proceso. 

El Estado debe garantizar que una persona reciba un proceso justo, en donde todo se ha probado y, no hayan abusos ni injerencias ajenas al proceso. Así mismo en este artículo se garantiza el respeto a los Instrumentos Internacionales relacionado a los derechos humanos, siempre que hayan sido ratificados por el Estado Ecuatoriano.

En materia penal queda prohibida la interpretación extensiva. Al igual que la mayoría de las legislaciones penales éstas deben sujetarse estrictamente al contenido gramatical, quedando prohibido cualquier interpretación ajena al espíritu consagrado en dicho artículo.

Al igual que lo hicieron la constitución de Montecristi, el Código Penal entra en concordancia al garantizar la igualdad y prohibir la discriminación ya sea por motivos raciales, de pensamiento, de género, etc.

Se manifiesta el carácter no retroactivo de la ley. Uno de los famosos principios jurídicos es "la ley rige para los venidero". La ley no tiene efecto retroactivo, sólo en los casos en los que así lo mande. Sin embargo si una ley posterior puede resultare beneficiosa para un reo, ésta se tomará en cuenta.




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