La acumulacion de penas

Escrito por el Ab. Juan Pablo Arévalo R.





En nuestro actual código penal vigente la acumulación de penas por delitos llega hasta 35 años en el mayor de los casos.

Es decir que no importa cuán graves sean los delitos,
o cuántos delitos el individuo haya con el cometido, la sanción más grave que podría recibir sólo serán 35 años algo que realmente resulta  inaudito, aún más cuando somos víctimas a diario de la delincuencia que azota a nuestra ciudad. La misma realidad se vive en Quito.

a continuación transcribimos el articulo que nos compete:



De la infracción penal culposa

"Art. 81.- En caso de concurrencia de varias infracciones, se observaran las reglas siguientes:

1. Si concurren varios delitos reprimidos con penas correccionales, o uno o más de estos delitos con una o más contravenciones, se acumularán todas las multas y penas de prisión correccional y de policía; pero de manera que la multa no pueda exceder del doble de la más rigurosa; y la prisión correccional, de seis años;

2. Cuando concurra un delito reprimido con reclusión con delitos reprimidos con prisión correccional o una o más contravenciones, se impondrá la pena señalada al delito más grave;

3.  Cuando concurran varios delitos reprimidos con reclusión, se impondrá la pena mayor.
Cuando concurran varios delitos reprimidos con reclusión mayor especial, se acumularán las penas por un máximo de treinta y cinco años:

4.  Las penas de comiso especial en virtud de varias infracciones concurrentes, serán siempre acumuladas;

5. Cuando haya concurrencia de varias contravenciones se acumularán todas las penas merecidas por el contraventor, pero no podrán exceder del máximo de la pena de policía; y,

6.  Cuando un solo acto constituya varias infracciones únicamente se impondrá la pena más rigurosa que será hasta de treinta y cinco años, si se trata de infracciones sancionadas con reclusión mayor especial"

Porque no incluir nuevas reformas que hagan que el número de años en la acumulación de penas sea mayor o que no tengan límites? La Asamblea Nacional debe ser consciente con los momentos que vive el país en lo que a delincuencia respecta. No podemos creer que un delincuente que mata a sangre fría a niños, mujeres embarazadas, etc. etc. a plena luz del día pueda volver alguna vez a recobrar su libertad.

En países del primer mundo un delincuente por un solo delito puede obtener cadena perpetua y en los casos más graves hasta la pena de muerte. Ecuador obviamente no está preparado aún para ese tipo de legislación, pero sí podemos endurecer notoriamente las penas para de esta manera reflejarle miedo al infractor y lo piense dos veces antes de delinquir.

Detrás de esta revista judicial hay un grupo joven de abogados que con motivo de la promulgación del nuevo código penal está realizando diariamente análisis de la legislación vigente para realizar recomendaciones diarias de los posibles cambios que se puedan dar en la nueva codificación y de esta manera colaborar con el país en el control a la delincuencia que se desborda.



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