Con gran alegría recibimos la noticia de que ha iniciado el debate del nuevo código penal el día jueves de esta semana sin embargo más que asombro, nos decepciona enterarnos de que la bancada oficialista se ha mostrado ausente
"Artículo 17.-La persona infractora no será responsable penalmente en los siguientes casos: 1. Por legítima defensa, cuando defendiere cualquier derecho, propio o ajeno, siempre y cuando se reúnan los siguientes requisitos:
"Artículo 15.- La conspiración y la proposición para cometer una infracción penal solamente serán sancionadas en los casos que la ley determine.
Se entiende que existe conspiración cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de una infracción penal; y, existe proposición cuando quien ha resuelto cometerla propone su comisión a otra u otras personas.