Del tráfico de drogas

Escrito por el Ab. Juan Pablo Arévalo R.





El nuevo código penal que aún sigue en debate en la Asamblea Constituyente plantean nuevas penas para los delitos de tráfico de estupefacientes.

Ha causado mucha polémica que
en alguno de los casos estas penas han disminuido. Además se ha dado un trato especial enfocándose más en la cantidad de la droga confiscada al momento de sentenciar.

Nuestro código vigente no establece límites acerca de las cantidades que se pueden tener en cuenta como consumo personal. Hoy en día queda a criterio de la Procuraduría y de la Físcalía esta calificación.

Con la nueva legislación no habrá a la cárcel si no se excede el limite de las siguientes dosis: 

Mariguana 10 gramos
Base de cocaína, 2 g;
Clorhidrato de cocaína 1 g;
Heroína 0.1 g;
entre otras.

Nosotros encontramos este nuevo cambio como algo positivo. En la actualidad da lo mismo tener 10 kilos de drogas que 20 toneladas, la pena será siempre la misma. Con la nueva legislación habrá una nueva diferenciación no sólo en la clase de la droga que porte el individuo sino también en la cantidad. Eso influirá evidentemente en la aplicación de la pena.

Asimismo el tráfico internacional se sancionará con pena privativa de libertad que iría de 19 a 25 años de prisión y si el delito es cometido en el Ecuador entre 15 a 19 años.



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